Por otra parte, los vehículos podrán iniciar o finalizar el viaje y hacer paradas en cualquier terminal. Asimismo, remarcaron que se mantienen las exigencias en materia de seguridad ya establecidas en la normativa vigente.
Otro de los puntos es la creación del Registro Nacional del Transporte de pasajeros, que será de acceso público, sin costo y online en donde deberán informar la capacidad de transporte, detallar el tipo de vehículo, cantidad de asientos, seguros contratados, la nómina de conductores a asignar y la información relativa a las licencias de conducir de los mismos, la periodicidad de los servicios declarados, el origen, las paradas intermedias y el destino del viaje.
Las empresas y transportistas que ya estaban registradas no tendrán que hacerlo nuevamente, pero sí deberán registrarse las nuevas que, una vez inscriptas, obtendrán de manera automática la habilitación para operar luego de cinco días post inscripción.
En ese sentido, señalaron que no se podrán ofrecer al público servicios que no se encuentren informados en el Registro Nacional del Transporte de pasajeros.
La autoridad de aplicación de esta medida será la Secretaría de Transporte de la Nación del Ministerio de Economía y comenzará a implementarse en 60 días, cuando se realicen las actualizaciones tecnológicas necesarias.
FUENTE: TN