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Drama familiar: le robó plata a su madre para comprar droga y luego la golpeó

Un hombre fue condenado por el delito de lesiones leves agravadas por el vínculo luego de golpear a su propia madre. Una historia de adicción y violencia.

Horas atrás, un joven de apellido Ibáñez fue condenado nuevamente por el delito de Lesiones Leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género, amenazas simples y violación de domicilio. Pero, se trata de una historia de adicciones y violencia intrafamiliar que tiene a una madre en vilo.

El parte judicial:

"En primer hecho por el cual se condena al Sr. IBAÑEZ, sucedió en fecha 27/07/2023, siendo alrededor de las 19:15 horas, cuando la denunciante Díaz (progenitora) estando en su casa ingresó a la habitación de su hijo y le reclamó dinero que le había sacado el día anterior de su habitación, EMILIANO se encontraba acostado y le negó la devolución de dinero.

Seguidamente Díaz salió de la habitación y le dijo "YO NO TE VOY A DAR LA PLATA PORQUE YA ME LA GASTÉ EN DROGA... VOS ESTAS LOCA”, ante ello la denunciante le dijo que la tenía cansada, y EMILIANO le dijo “TE VOY A MATAR A VOS”. Ante lo cual, DÍAZ lo enfrentó y le dijo “DALE VENÍ MATAME”, tomando un envase de plástico que tenía gasoil y comenzó a rosearse a sí misma, mientras él le decía “DALE TIRATE, TIRATE” y acto seguido EMILIANO se le acercó y le dobló la mano izquierda, comenzado ambos a forcejear. Producto del forcejeo, ella cayó al suelo golpeándose en la cabeza y cintura.

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En el referido legajo se el 13/3/24 se llegó a un acuerdo de suspensión de juicio a prueba por el plazo de un año. Ante el incumplimiento de las reglas impuestas es que en el día de la fecha se procedió a la acumulación del referido legajo al MPF-SJ-04764-2025 formalizando los nuevos hechos denunciados contra Ibáñez por su tía.

Estos fueron cometidos en perjuicio de la Sra. Díaz (tía materna) el 16 de febrero del corriente año a las 13:30 horas cuando se encontraba en el comedor del domicilio materno junto a su madre TERESA y su tía BERTA GLADYS. Ibáñez ingresó por la ventana de la habitación sacó remedios ansiolíticos de su madre y le metió la mano por debajo de la remera a la madre de la denunciante y le sacó del corpiño la suma $20.000 discriminados en billetes de $2.000, y se los guardó en el bolsillo. La denunciante se comunicó con el 911 y mientras esperaba a la policía Ibáñez le dijo: ¨TE VOY A ROBAR EL TELÉFONO Y TE VOY A MATAR¨, y luego se retiró..."-

RESULTADO: En el día de la fecha se llegó a un acuerdo de Juicio Abreviado con el imputado y su defensa, y se lo condenó a sufrir la pena de 6 (seis) meses de prisión de cumplimiento condicional por resultar penalmente responsable de los delitos de “LESIONES LEVES AGRAVADAS POR EL VÍNCULO Y POR MEDIAR VIOLENCIA DE GÉNERO, AMENAZAS SIMPLES DOS HECHOS, DESOBEDIENCIA A UNA ORDEN JUDICIAL Y VIOLACIÓN DE DOMICILIO, (ARTÍCULO 45, 55, 89/92 EN FUNCIÓN DE LO ESTABLECIDO EN LOS INCISOS 1 Y 11 DEL ARTÍCULO 80, 149 BIS PRIMER PÁRRAFO Y PRIMER SUPUESTO, 239 Y 150 DEL CÓDIGO PENAL ARGENTINO) EN PERJUICIO DE LA SEÑORA DÍAZ (MADRE DEL CONDENADO) LOS DELITOS DE LESIONES LEVES AGRAVADAS POR EL VÍNCULO Y POR MEDIAR VIOLENCIA DE GÉNERO Y AMENAZAS SIMPLES, Y TODOS LOS DEMÁS EN PERJUICIO DE LA SRA. DÍAZ Y DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA”,

En el mismo acto se le impuso como reglas de conducta “(...) conducta constituir domicilio real y someterse al cuidado de la dirección de presos liberados y excarcelados la prohibición de acercarse al domicilio de la señora Díaz, así como también la prohibición acercarse a esta persona a una distancia inferior a 500 metros cualquiera sea también el lugar en que ella se encuentre sea su lugar de trabajo a domicilio de familiares o amigos o lugares públicos la prohibición acercarse también del señor Ibáñez a su madre y tía.”

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