• Documento Nacional de Identidad o Pasaporte válido y vigente.
Menores de edad:
• Si el menor viaja con ambos padres: Pasaporte o DNI (Países del Mercosur) válido y vigente, y documentación adicional para desmostrar la filiación como Partida o Certificado de Nacimiento o Libreta Civil de Familia (original), Testimonio Judicial de adopción u otro instrumento público que dé plena fe del vínculo que invocan o de la Tutela o Curatela o DNI de formato digital donde figuren los datos filiatorios de ambos padres. Más información aquí.
• Si el menor viaja con uno de sus padres: Pasaporte o DNI (Países del Mercosur) válido y vigente, Permiso o Autorización de viaje al exterior del progenitor faltante, y documentación adicional para demostrar la filiación como Partida o Certificado de Nacimiento o Libreta Civil de Familia (original), Testimonio Judicial de adopción u otro instrumento público que dé plena fe del vínculo que invocan o de la Tutela o Curatela o DNI de formato digital donde figuren los datos filiatorios de ambos padres. Más información aquí.
• Si es hijo de menores adolescentes, necesitará la autorización de los padres y el permiso de alguno de sus abuelos por cada padre adolescente.
• Si el menor viaja acompañado de su tutor o curador, deberá acreditarse con la Resolución Judicial respectiva; la designación y aceptación del cargo de Tutor o Curador.
El Permiso de viaje al exterior de menores es necesario solo en los casos que se detalla anteriormente, y en la Provincia de San Juan es posible tramitarlo a través de la Dirección Nacional de Migraciones (Santa Fé Oeste 548) o a través de Escribano Público con legalización del Colegio Notarial y apostilla.
Más información sobre los requisitos para menores de edad aquí.
Se recomienda:
• Verificar antes de partir el estado y fecha de vencimiento de toda documentación personal de los viajeros y del vehículo. En el caso de no contar con las actualizaciones obligatorias de entre los 5 y 8 años o de los 14 años, el DNI será válido si se encontrara vigente.
• El ejemplar del DNI válido es el último realizado, en caso de contar con un ejemplar más antiguo no se podrá efectuar la salida del país.
• Guardar copia del DNI y/o Partida de nacimiento en lugares separados del Original.
. Documentación del vehículo registrado en el Mercosur
• Documento de identidad válido para circular en el Mercosur.
• Licencia para conducir otorgada por país miembro (o estado parte) del Mercosur. El conductor debe ser residente en el estado del Mercosur donde se registró el vehículo.
• Para automotores conducidos por el titular del vehículo Tarjeta Verde o Constancia de Cédula de Identificación digital acompañada del título.
• Para automotores conducidos por terceras personas (no titulares del vehículo) Cédula Azul extendida a nombre de la persona que conduce el automotor física o digital a través de la aplicación Mi Argentina, o Autorización emitida ante escribano público para conducir y extraer el vehículo del país. En este caso resultará exigible la Cédula Verde mediante la cual se acredite la titularidad del vehículo, sin importar su vigencia.
• Título u otro documento oficial que acredite la propiedad del vehículo.
• Comprobante de seguro vigente en el Mercosur.
• El vehículo debe estar registrado ante la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios. Aquellos vehículos con 6 o más cristales deben tener grabado el número de dominio como mínimo en el parabrisas delantero, la luneta trasera y los cristales laterales de mayor tamaño. En vehículos con menos de 6 cristales, el número de dominio deberá estar grabado en todos ellos.
• El plazo de permanencia es otorgado por la Dirección Nacional de Migraciones, según lo permitido al titular del vehículo o a la persona por él autorizada.
• En caso de vehículo de alquiler, consultar los incisos apuntados aquí.
Sobre el equipaje
Quienes salgan del país podrán ingresar objetos comprados en el exterior por un importe igual o inferior a USD 300 (300 dólares), importe mensual y no acumulable. En el caso de menores de 16 años, el importe corresponde al 50%.
Cuando los viajeros constituyan un grupo familiar – matrimonios, uniones convivenciales e hijos menores de 16 años no emancipados -, el importe o franquicia podrá ser utilizada en forma conjunta.
En el caso de que el valor del objeto a ingresar supere los 300 dólares, se deberá abonar un arancel igual al 50% del total excedido.
• Consultá los objetos permitidos y prohibidos aquí.
• Revisá qué productos o alimentos podés traer a la Argentina aquí.
• Revisá qué productos o alimentos podés ingresar a Chile aqui.
• Chequeá a diario el estado del Paso de Agua Negra aquí.